JUSTIFICACIÓN DE LAS ENTREGAS COMUNITARIAS.

Cuando su empresa vende bienes a empresarios de la UE no debe repercutirles IVA. Esto es debido a que estas operaciones (denominadas “entregas comunitarias”) están exentas de dicho impuesto. Para ello debe poder justificar que las mercancías han sido transportadas a otro país de la UE, de forma que si Hacienda considera que los justificantes no son suficientes, puede exigirle que ingrese el IVA dejado de repercutir.

 

A partir de 2020 si su empresa está en posesión de dichos justificantes, Hacienda deberá aceptar que las ventas están exentas de IVA, y si quiere negar la exención será ella la obligada a demostrar que los documentos no son válidos.

 

En caso de que su empresa -o un tercero contratado por ella- sea la que se encarga de transportar la mercancía, deberá disponer de los siguientes medios de prueba: a) al menos dos documentos relacionados con el transporte extendidos por partes independientes (por ejemplo, una carta o documento CMR firmados, un conocimiento de embarque, una factura de flete aéreo o una factura de transportista); b) o bien uno de los elementos de prueba anteriores y al menos uno de los siguientes documentos acreditativos del transporte: la póliza del seguro del transporte, el justificante de pago, un documento oficial expedido por una autoridad pública o un recibo de los bienes extendido por un almacén del país de destino.

 

Si es el adquirente -o un tercero contratado por él- quien se encarga del transporte, además de los elementos de prueba anteriores, deberá obtener una declaración de dicho adquirente certificando que los bienes han sido transportados.

 

(Fuente: Editorial Lefebvre)

 

MUY IMPORTANTE

Le recordamos que esta información constituye una mera aproximación apresurada a la normativa publicada con el fin de tenerles permanentemente informado de las novedades que se van generando y por la tanto ni tiene valor de informe jurídico ni tiene como objetivo el de asesorarle, por lo que, si desea adoptar cualquier decisión que se pueda ver afectada por la información que ahora le trasladamos, le aconsejamos que antes de hacerlo se ponga en contacto con nosotros en cualquiera de nuestras oficinas con la finalidad de evitar erróneas interpretaciones.

 

 

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